Semarnart revisará el proyecto de libramiento Calpulalpan
Semarnart revisará el proyecto de libramiento Calpulalpan
-Dependerá del impacto que ocurra si normalmente es remoción de vegetación, es plantación de vegetación
Sthefanny Mellado López
Tras la publicación en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el pasado 22 de febrero para la construcción del Libramiento Calpulalpan, los Pobladores del municipio de Calpulalpan han realizado diversas manifestaciones en este sentido el encargado del despacho de la Secretaria de Medio Ambiente (SMA), Pedro Aquino Alvarado señaló en entrevista colectiva que será la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), será quien realizará la evaluación de ambiente y suelo del libramiento Calpulalpan.
«Todas las obras y actividades invariablemente generan un Impacto en el ambiente eso es comprensible el proyecto que como cualquiera que se pretenda realizar de esas magnitudes tiene que someterse a una evaluación del impacto metal, que es un procedimiento que establece la Ley General del equilibrio ecológico, por la ubicación y el tipo de suelo se hace en la dirección de Impacto ambiental de las oficinas centrales de la Semarnart «.
En su opinión, el funcionario dijo que posiblemente dicho proyecto ya se encuentre siendo evaluado el impacto ambiental que dicha obra puede generar al medio ambiente .
«Dependerá del impacto que ocurra, si normalmente es remoción de vegetación, es plantación de vegetación, entonces no habrá ningún problema con este libramiento». Por lo que dijo que estar a la espera, ya que en estos proyectos les toman opinión, por lo que esperará ser convocados en próximos días.
Manifestación de Impacto Ambiental (MIA)
Se trata de un documento con base en estudios técnicos con el que las personas (físicas o morales) que desean realizar alguna de las obras o actividades previstas en el artículo 28 de la LGEEPA, analizan y describen las condiciones ambientales anteriores a la realización del proyecto con la finalidad de evaluar los impactos potenciales que la construcción y operación de dichas obras o la realización de las actividades podría causar al ambiente y definir y proponer las medidas necesarias para prevenir, mitigar o compensar esas alteraciones.