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TRABAJO FORZADO, UN FIN MÁS DE LA TRATA DE PERSONAS

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TRABAJO FORZADO, UN FIN MÁS DE LA TRATA DE PERSONAS

Sen. Adriana Dávila Fernández

Por los medios electrónicos, me enteré que fueron rescatadas alrededor de 200 personas, indígenas de la Sierra Tarahumara, que presuntamente eran sometidas a trabajos forzados por una empresa que las privó de su libertad. En el operativo se detectaron al menos 15 menores de edad que trabajaban al margen de la ley, en el municipio de Comondú, Baja California Sur.

Según las crónicas informativas, las víctimas se encontraban alojadas –en un predio de la Sociedad de Producción Rural “EL CEREZO”- en chozas provisionales, construidas con palos, cintas, plásticos, cartones y costales, entre basura y lodo, en condiciones insalubres, con baños contaminados y escaso acceso a agua potable. Indignante.

A la luz de la información pública, el delito que se cometió es el de Trata de Personas y otros delitos conexos. Los tratantes reconocieron que las víctimas fueron trasladadas de Chihuahua a Baja California Sur mediante engaños: se emplearían en la cosecha de papa por un periodo de 6 semanas y posteriormente los llevarían a Sinaloa y Sonora.

El caso anterior me recordó que hace unos meses, en Jalisco, una empresa coreana tenía en condiciones similares a un tanto de compatriotas; de igual forma, llegó a mi memoria las condiciones insalubres en las que rescataron a menores de edad en la Casa de Mamá Rosa, entre otras muchas situaciones, todos casos evidentes de trata de personas con fines de explotación diversos, y no sólo sexual.

Hay que recordar que nuestro país, por su ubicación geográfica, es territorio origen-tránsito y destino de la trata de personas. Cada año, sin tener una secuencia o metodología específica para obtener y difundir cifras de datos relativos a la trata de personas, nos alarmamos con los números sobre este delito que, por lucrativo y redituable, está dentro de los 3 primeros ilícitos a nivel nacional, abajo del tráfico de estupefacientes y el robo de combustible, y que tiene particularidades en cada una de las entidades de la República.

Es claro que bajo los ejemplos señalados, no siempre la trata de personas se da con fines de explotación sexual. El tema es complejo y lo prioritario es conocer que los fines de la trata de personas son diversos.
Por ejemplo, la confusión que se ha generado en torno a la subrogación de vientres con la explotación de mujeres para fines reproductivos. Nada más equivocado, pues si la subrogación se da en los términos establecidos por la ley, entonces no es un delito. En cambio, cualquier caso en el que una mujer sea sometida mediante amenazas, engaños, coacciones u otro medio para que un tercero obtenga beneficios de la reproducción, estamos ante un delito de explotación.
Por ello es indispensable manejar y entender los mismos conceptos para realizar, con oportunidad, el trabajo parlamentario para prevenir, combatir, sancionar, inhibir y erradicar este delito. Debe quedar claro que la trata de personas no es la explotación en sí.
La trata tiene 3 elementos fundamentales: la conducta del delincuente; los medios que utiliza para conseguir a sus víctimas y los fines que generalmente son la explotación en distintas modalidades. No todos los explotadores son tratantes ni todos los tratantes son explotadores.
Por eso, desde el Senado de la República, se impulsó la modificación del artículo 10 de la ley vigente en la materia, para dejar clara la forma en que se comete este delito y que a la letra dice: “A quien para sí o para un tercero, consiga, capte, enganche, transporte, traslade, aloje, reciba, retenga, entregue, oculte, reclute o transfiera a una persona con fin de explotación, mediante: amenaza; uso de la fuerza u otra forma de coacción; engaño; seducción; abuso de poder; aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad; ofrecimiento, la concesión o recepción, de un pago o beneficio a un tercero que ejerza dirección, influencia o autoridad, sobre otra; o consentimiento de una persona que ejerza dirección, influencia o autoridad, sobre otra”.
Para impartir justicia no basta la estridencia informativa; es urgente realizar modificaciones desde el ámbito legislativo, con información suficiente y adecuada que permita distinguir, por ejemplo, entre una Ley Federal y una General, evitar confusiones de naturaleza jurídica, o redactar de manera correcta los tipos penales, entre otros aspectos.
Lo lamentable de la trata de personas y las distintas modalidades de explotación, es que se violentan derechos humanos inherentes a la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad.
A estas alturas, es inconcebible que existan condiciones infrahumanas en las que, no dudamos, se encuentran muchas más personas; por ello es que este delito es tan redituable. Pero es más indignante que quienes tenemos responsabilidades legislativas o de operación de la ley, no asumamos el compromiso de prepararnos, informarnos o bien asesorarnos para clarificar los conceptos, evitar las confusiones y combatir este delito.
Ahora con la minuta nuevamente en el Senado, nuestra tarea fundamental es insistir en visibilizar con eficiencia este delito y regresar a la Cámara de Diputados los cambios que creemos no sólo necesarios sino urgentes en el marco normativo, que debe dejar de ser discurso de quienes en apariencia luchan contra este flagelo pero que por diversos motivo incluídos los mercantiles y la ignorancia se oponen a mejorar la ley.
RECUENTOS DE UNA SANCIÓN VERDE

Después de violar la ley, con una interpretación a modo del marco normativo por más de 2 meses, desafiar a la autoridad y no acatar las medidas cautelares y, por si no bastara, ser reincidente, resulta ser que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, impuso como sanción al Partido Verde, la imposibilidad de transmitir sus spots… ¡7 días!

No se entiende cómo se puede reparar el daño en la contienda electoral, si uno de los participantes se ve beneficiado hasta en las sanciones. Es una burla. Y una invitación abierta para no cumplir con las reglas de competencia, porque sale más barato pagar la grave falta.

RECUENTOS DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Como representante popular que forma parte de la audiencia nacional y como mujer formada profesionalmente en el ámbito periodístico, lamento la cancelación de cualquier espacio o vehículo de comunicación, sea una pluma, una voz, una imagen, porque se dañan derechos y cuestiona la democracia.

Con el inicio de la semana, la empresa MVS decidió cancelar el contrato laboral con la titular del espacio noticioso matutino, Carmen Aristegui Flores, quien, entre otras noticias, dio a conocer el desvío de recursos públicos, por parte del exdirigente PRI-DF, para mantener una supuesta red con fines de explotación sexual, además de la multiplicación de las casas (blanca, Malinalco, etc…) de la clase política gobernante.

Sería ingenuo pensar que el despido fue motivado por la adhesión a una plataforma digital (Mexicoleaks), -sin aviso previo ni permiso-, ajena al concesionario, en lo que han llamado como un “abuso de confianza”. La realidad es que la información difundida por ese espacio de noticas, incomodó y –quizás- enojó al gobierno federal y su partido político. Hago votos para que no sea este caso el anuncio de una indeseable regresión autoritaria, en donde los medios de comunicación se utilizan para aplaudir las acciones de gobierno y evadir las responsabilidades del ejercicio de la administración pública. ¿No se supone que la democracia propicia la libertad de expresión? ¿Ahora, dónde estamos parados?