Restituyen magistrados candidatura a militante del PVEM en Amaxac de Guerrero
Redacción
El Pleno del TET revocó el acuerdo ITE-CG-276/2016 y ordenó modificar el acuerdo ITE-CG-293/2016, a fin de restituir a la ciudadana Carmelita Hernández Mendoza el carácter de segunda regidora propietaria de la planilla a integrantes del ayuntamiento de Amaxac de Guerrero, postulada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Lo anterior, porque los integrantes del Consejo General del ITE no realizaron diligencia alguna tendiente a cerciorarse plenamente que era voluntad de ella renunciar a su postulación primigenia y ser postulada para un cargo diferente.
“Es claro que los documentos de renuncia que dieron origen a la sustitución de la candidata a segundo regidor propietario al ayuntamiento de Amaxac de Guerrero, no son suficientes para acreditar plenamente la intención de renuncia. Ello significa que es obligación de la autoridad electoral administrativa, realizar las actuaciones y requerimientos idóneos que sean necesarios, pues no basta el escrito de renuncia y la firma de quien suscribe para sostener que dicha voluntad es la de separarse”, refiere parte de la resolución sobre el expediente TET-JDC-347/2016.
En tal circunstancia, revocó el acuerdo ITE-CG-276/2016 en la parte relativa a la indebida sustitución de Carmelita Hernández Mendoza, y ordenó al Consejo General del ITE modificar el acuerdo ITE-CG-293/2016 para que se refleje en la composición de la planilla a integrantes del ayuntamiento de Amaxac de Guerrero.
Validan elección de presidente de comunidad de Atlahapa, Tlaxcala
Asimismo, los magistrados del TET declararon la validez de la elección de presidente de comunidad de San Sebastián Atlahapa, municipio de Tlaxcala, al concluir que la preparación, desarrollo y realización de la elección se desarrolló de acuerdo a sus usos y costumbres, por lo cual resultó inviable la petición del ciudadano Miguel Ángel Morales González de revocar el proceso electoral de esa comunidad, y por consiguiente nulificar la elección.
Y es que el actor no acreditó haber sido precandidato o candidato a presidente de comunidad, además de que no haber asistido a la etapa de registro de precandidatos o de la celebración de la asamblea en la que se propusieron a los candidatos, fue un acto atribuible solo a él.
En la misma sesión, los magistrados desecharon el recurso de impugnación de la ciudadana Olga Lidia Leal Munguía y otros, quien objetaba la entrega de la constancia de mayoría a Javier López Cruz en la elección de presidente de comunidad de La Ciénega, municipio de Tlaxco, Tlaxcala. En este caso se actualizó la causal de improcedencia, consistente en la falta de legitimación de los actores.
