Piden asociación de síndicos de Tlaxcala no validar cuentas públicas
La Síndico de Apizaco Marina Aguilar López llamó a los congresistas a derogar el artículo 42.
Silvia Lomelí
Esta mañana la Asociación de Síndicos y Sindicas de Tlaxcala que preside Mariana Aguilar López, Síndico del municipio de Apizaco, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto para derogar el artículo 42 de la ley municipal del Estado de Tlaxcala y la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Tlaxcala y sus municipios.
Recibidos por el Presidente de la mesa directiva Bladimir Zainos Flores y la presidenta de la Junta de Coordinación y Concertación Política Marcela González Castillo expusó que es necesario reformar la ley municipal del Estado de Tlaxcala ya que dijo «nosotros tenemos un problema con los presidentes que muchas veces por este acto tenemos que validar cuenta, ellos abusan de nosotros, entonces somos vulnerados todos los síndicos y sindicas precisamente por esto esta iniciativa para que no tengamos nosotros que validar cuenta cuando ya existe un órgano de control interno, nosotros somos las garantes del patrimonio municipal tenemos ya buena representación pero no para validar cuenta que para eso existe el órgano de control interno», sostuvo.
Precisó que se trata de devolver a los síndicos su razón de ser, su naturaleza y cuidar el patrimonio de los municipios y no así exigirles realizar actividades técnicas de contabilidad gubernamental para validar la cuenta pública y ser responsables solidarios, aclarando que en ningún momento se pudo contar con las herramientas y los recursos técnicos necesarios para el cumplimiento de esta obligación.
Aclaro que esta idea se constituyó antes del establecimiento del sistema anticorrupción en el cual se crearon y reformaron siete leyes fundamentales con la reforma constitucional y la creación de estas siete nuevas leyes secundarias que se crearon en México, el nuevo sistema mismo que deberá ser armonizado de conformidad con el pacto federal en cada una de las entidades federativas, por lo que no tendrá razón de ser la existencia de la tesorerías y hoy el fundamento de los órganos de control interno en cada ente fiscalizable como en el caso de los Ayuntamientos,