Violó titular de Sefoa la Constitución federal en materia electoral; TET da vista a Gobernador

Violó titular de Sefoa la Constitución federal en materia electoral; TET da vista a Gobernador

El funcionario dio una entrevista a un medio informativo en el que destacó programas, acciones y logros de gobierno en plenas campañas.

Redacción

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró existente la infracción cometida por el titular de la Secretaría de Fomento Agropecuario (Sefoa), Ricardo Lepe García, al artículo 41 de la Constitución Política federal respecto de la difusión de propaganda gubernamental, por lo que acordó dar vista al gobernador Mariano González Zarur para que proceda en términos de la Ley Laboral de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

Al resolver el expediente con clave TET-PES-126/2016 promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), los magistrados electorales advirtieron que en un entrevista concedida en el mes de mayo al diario El Sol de Tlaxcala, el funcionario estatal destacó de manera reiterada la referencia a programas, acciones y logros de gobierno, relacionados con la dependencia que encabeza.

Incluso, el resolutivo aprobado por unanimidad de votos de los magistrados estableció que Ricardo Lepe se refirió expresamente al proceso electoral local de este año y la entrevista fue difundida durante el periodo de campañas, a través de la versión impresa y en la página de internet de El Sol de Tlaxcala.

Lo anterior, con independencia de que la publicación haya sido contratada u ordenada por el funcionario público, pues dicha circunstancia no es condición necesaria para acreditar su difusión, de conformidad con el criterio sustentado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Y es que de acuerdo con la ponencia del magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle, el órgano jurisdiccional federal “también ha señalado mediante criterios reiterados, que los destinatarios de la prohibición de difundir propaganda gubernamental, deben ser particularmente escrupulosos al dirigir mensajes que pueden ser difundidos por los medios de comunicación, so pena de incurrir en una infracción a la prohibición”.

Lo que el PRD impugnó  fue que el funcionario estatal violó el artículo 41, Base III, apartado C, párrafo segundo de la Constitución Federal, así como los artículos 170 y 351 fracción II de la Ley Electoral, que establecen que constituyen infracciones de las autoridades y servidores públicos difundir por cualquier medio propaganda gubernamental dentro del periodo que comprende desde el inicio de las campañas electorales hasta el día de la jornada electoral.

Por ello, el Pleno del TET declaró existente la conducta denunciada en contra del titular de la Sefoa por la difusión de propaganda gubernamental en el tiempo prohibido por la Constitución Federal y la Legislación Electoral. Además, acordó dar vista al gobernador Mariano González Zarur para que proceda conforme a derecho corresponda.

El artículo 360 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Tlaxcala establece que cuando las autoridades federales, estatales o municipales cometan alguna infracción prevista en la ley electoral, incumplan los mandatos de la autoridad electoral, no proporcionen en tiempo y forma la información que les sea solicitada, o no presten el auxilio y colaboración que les sea requerida por los órganos del ITE, “se dará vista al superior jerárquico y, en su caso, presentará la queja ante la autoridad competente por hechos que pudieran constituir responsabilidades administrativas o las denuncias o querellas ante el agente del Ministerio Público que deba conocer de ellas, a fin de que se proceda en los términos de las leyes aplicables”.