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Omiso alcalde de Apetatitlan en Derechos Humanos

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Omiso alcalde de Apetatitlan en Derechos Humanos

-No atiende la recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en materia de la cárcel municipal.

Gustavo Herrera

Tlaxcala,Tlax.-El alcalde de Apetatitlan Valentín Gutiérrez Hernández fue señalado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de omiso y renuente a atender la recomendación emitida por el organismo autónomo en materia de los centros de detención preventiva a cargo de los ayuntamientos que componen el estado de Tlaxcala.

De acuerdo al informe del ayuntamiento que este medio posee, en una primera instancia se hizo del conocimiento de las autoridades del ayuntamiento la falta a la recomendación general 01/2012 en puntos como la falta de condiciones de habitalidad e higiene contar con planchas para dormir y colchonetas así como instalaciones sanitarias adecuadas.

En otro punto de la recomendación se menciona que carece de espacios exclusivos para alojar a mujeres detenidas, no garantiza la alimentación adecuada así como su libertad al derecho de comunicación entre otras.

En el informe actual, Valentín Gutiérrez no ha cumplido con reunir las condiciones de habitabilidad e higiene así como planchas para dormir y colchonetas, no cuenta con iluminación y ventilación suficientes así como instalaciones sanitarias adecuadas y privacidad además de que no garantiza el suministro de agua potable.

Además no ha podido cumplir en cuestiones básicas como elaborar, emitir y difundir la normatividad aplicable como reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general relativos al Reglamento Interior de Administración Municipal y Seguridad Pública además de establecer el Consejo de Honor y Justicia como órgano autónomo colegiado imparcial y permanente.

Por estas faltas la CEDH catálogo al ayuntamiento panista de omiso y lo ubico en segundo lugar del esquema estatal por mostrar negligencia para su cumplimiento que podrían conducir a violaciones a los derechos humanos.

Finalmente el organismo autónomo emplazó al edil a subsanar dichos faltantes en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la recomendación realizada.